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La Golden Visa es un permiso de residencia el cual está indicado para extranjeros interesados en permanecer en España para realizar inversiones de tal manera que pueden solicitar el visado de estancia o de residencia.

La Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización. faculta a los foraneos que inviertan en España, para obtener la residencia para el y para sus familiares directos (cónyuge e hijos menores), y sin la obligación de permanecer en España un determinado tiempo para renovar dicha residencia, siendo el único requisito el mantenimiento de la inversión.

Realizando una inversión significativa de capital, y esto se traduce en varias opciones:
a) Una inversión inicial por un valor igual o superior a:
1.º Dos millones de euros en títulos de deuda pública española, o
2.º Un millón de euros en acciones o participaciones sociales de sociedades de capital
españolas con una actividad real de negocio, o
3.º Un millón de euros en fondos de inversión, fondos de inversión de carácter cerrado o fondos de capital riesgo constituidos en España, o
4.º Un millón de euros en depósitos bancarios en entidades financieras españolas.
b) La adquisición de bienes inmuebles en España con una inversión de valor igual o superior a 500.000 euros por cada solicitante.
c) Un proyecto empresarial que vaya a ser desarrollado en España y que sea considerado y acreditado como de interés general, para lo cual se valorará el cumplimiento de al menos una de las siguientes condiciones:
1.º Creación de puestos de trabajo.
2.º Realización de una inversión con impacto socioeconómico de relevancia en el ámbito
geográfico en el que se vaya a desarrollar la actividad.
3.º Aportación relevante a la innovación científica y/o tecnológica.

Se puede conseguir un visado como inversor o Golden Visa comprando una o varias viviendas cuya suma total sea 500.000 € o superior, este es el requisito principal, aunque hay otros, como que la compra de la vivienda o viviendas esté libre de cargas, esto es, que no puede haber usado un préstamo de ningún tipo ni hipoteca.

Hay que aportar para poder acreditar la inversión la escritura de compraventa de esa y el certificado que nos emitirán en el registro de la propiedad, este es el documento con el que se verificará que el solicitante es titular del inmueble y este está libre de cargas.

IMPORTANTE, LA SOLICITUD HAY QUE HACERLA ANTES DE TRANSCURRIR 90 DIAS DESDE LA COMPRA

Si la compra es reciente y aún no hay certificación literal del registro de la propiedad se puede presentar la solicitud de asiento en el registro y el impuesto liquidado de IPT AJD (Impuesto de transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados).

Si ya adquiriste el inmueble y estás fuera de España, ya deberías poseer la escritura de compraventa, el certificado del Registro de la propiedad (donde figurará la titularidad y que el inmueble está libre de cargas, sin hipotecas anotadas en el certificado) entonces debes dirigirte al Consulado de España en el país en donde estés residiendo legalmente.

En cambio, si ya estás en España, bien con visa de turista o residencia legal en España, se solicitaría una autorización como inversor a través de la UGE(Unidad para grandes Empresas).

Bien con visado de inversor o bien con autorización como inversor hay que atenerse a los criterios de aplicación para acreditar los medios económicos recogidos en la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de Apoyo a los Emprendedores y su Internacionalización, ya que toman como referencia el IPREM de cada año, en el año 2021 es de: 564,90 €/mes, y estos criterios son los siguientes:

  • Para el titular: 400% del IPREM, aproximadamente 2260 € al mes.
  • Por cada familiar: 100% del IPREM, aproximadamente 564 €.

Los criterios indican que estos medios se pueden acreditar con cualquier medio legal admitido, lo que significa que una cuenta bancaria en la que seas el titular o cualquier tipo de documento que acredite que dispones de esos medios económicos es válido.

Es muy importante señalar que es necesario que acredites un seguro médico tanto para ti como para tus familiares ya que el inversor no va a estar realizando ningún trabajo en España, y este seguro debe de tener coberturas similares a la Seguridad Social, cubriendo, hospitalización y sin copago, además de las coberturas en caso de accidente o enfermedad grave, teniendo validez durante todo el periodo de residencia en España.

Este seguro médico será obligatorio, no solo para solicitarlo sino para solicitar la renovación de la autorización como inversor, por lo que deberá mantenerse en el tiempo.

Inicialmente dura por DOS años y nos concede residir en España de manera legal, teniendo que renovarla antes de su caducidad, teniendo la renovación una duración de CINCO años.

Los requisitos requeridos son que se mantenga la inversión realizada de inicio, que se cuenten con los medios económicos reseñados anteriormente y que se mantenga el seguro médico, con todos estos requisitos cumplidos la UGE ( Unidad de Grandes Empresas) valorará y verificará todos estos requisitos para aprobar su renovación, obteniendo una nueva tarjera de residencia por CINCO años.

No se podría solicitar la autorización de inversor, pero si el VISADO DE INVERSOR el cual tendrá una duración de SEIS MESES , pensado para aquellas personas que, viviendo fuera de España, ya han formalizado el contrato de reserva de vivienda, pero aún no se ha formalizado la compraventa. En el Consulado habrá de acreditarse los medios para la compra de ese inmueble y presentar un compromiso de compra.

En nuestro despacho ROJANO VERA ABOGADOS, nuestro departamento de extranjería se encargará de realizarle todos los trámites necesarios, con abogados que le atenderán en inglés, árabe (clásico y marroquí) e italiano.

Igualmente, nuestros expertos podrán prestar asesoramiento para la búsqueda de activos inmobiliarios ajustados a su preferencia, además de manejar inmobiliarios que podrían serle de su interés.

En cualquiera de los casos y si quiere más información, contacte con nosotros sin compromiso en los correos electrónicos de nuestra página y estaremos encantados de ponernos a trabajar para usted.

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