Novedades Cláusula Suelo

El conocimiento de la cláusula suelo por parte del cliente y su renuncia a reclamarla en los contratos de novación no son válidas

Recientemente la Audiencia Provincial de Salamanca ha dictado un nuevo fallo favorable a los clientes que tengan una hipoteca con cláusula suelo, la cual podrá ampararse múltiples casos, por incluir una novedad relevante.

El caso en particular consistía en unos clientes que firmaron en 2007 una hipoteca con Ibercaja para comprar un inmueble, la cual ya incluía cláusula suelo. Tras conocerse la sentencia europea donde declaraba el carácter abusivo y la posterior ratificación por parte del Tribunal Supremo, los bancos estarían obligados a declarar nula este tipo de cláusulas y devolver con carácter retroactivo lo ya abonado por los clientes.

La novedad de esta sentencia procede de la práctica que diversas entidades están tomando como consecuencia de ello, ya que en lugar de declarar nula la cláusula y devolver las cantidades íntegras, con conocimiento el banco de la sentencia europea y del Tribunal Supremo, a estos clientes le hicieron posteriormente un contrato de novación del préstamo donde le bajaba el interés mínimo, es decir, le bajaba el porcentaje de la cláusula suelo. Por si no fuera suficiente, en el mismo contrato de novación incorporaba otra cláusula que advertía que los clientes eran conocedores de la existencia de cláusula suelo e impedía realizar cualquier acción contra el banco.

Significa que este nuevo contrato recogía no solamente una modificación de la cláusula suelo, en lugar de la nulidad, sino que además de expresar que los clientes eran conocedores de la cláusula suelo, para evitar motivos de no transparencia y abusividad, se acompañaba de otra cláusula que pretendía que los clientes no reclamaran ninguna acción contra la entidad bancaria, impidiendo por tanto, que pudieran recuperar las cantidades ya abonadas previamente en el contrato de préstamo originario.

Finalmente, la Audiencia Provincial de Salamanca ha determinado que este contrato de novación no es válido, pudiendo no solamente eliminar la cláusula suelo, sino que también han conseguido recuperar lo restante y en condiciones más favorables a los que ya tenían firmados.

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